Please use this identifier to cite or link to this item:
https://hdl.handle.net/20.500.12394/8075
Title: | Derecho de impugnación de paternidad por padre biológico que no reconoció a menor |
Authors: | Velasquez Reyes, Erick Yury |
metadata.dc.contributor.advisor: | Ravelo Franco, Gabriel |
Keywords: | Paternidad Derecho Civil Niños |
Publisher: | Universidad Continental |
Issue Date: | 2020 |
metadata.dc.date.available: | 16-Sep-2020 |
Citation: | Velasquez, E. (2020). Derecho de impugnación de paternidad por padre biológico que no reconoció a menor. Trabajo de Investigación para optar el grado académico de Bachiller en Derecho, Escuela Académico Profesional de Derecho, Universidad Continental, Arequipa, Perú. |
Abstract: | El objetivo principal de este trabajo es determinar si el derecho de impugnación de paternidad por el padre biológico se encuentra arbitrariamente limitado por el ordenamiento jurídico peruano; para ello,se determina si la limitación existente supera los test de legalidad, finalidad y necesidad. En otras legislaciones como Colombia y Chile, los plazos son mayores respecto al plazo relacionado con el derecho de impugnación de paternidad. Se puede notar que el artículo 400 del Código Civil peruano establece un plazo de noventa días para efectuar la impugnación. En las sentencias casatorias analizadas, el factor tiempo desde la interposición de demanda hasta la fecha de la sentencia casatoria promedia los cinco años, lo que es considerable. Se ha obtenido que la limitación al derecho de impugnación de paternidad cumple con el test de legalidad y el test de finalidad, pues el derecho de acción es amparado por nuestras normas legales y las sentencias de la Corte Suprema; sin embargo, no cumple con el test de necesidad. En ese sentido, el plazo para impugnar la paternidad es mayor en la legislación comparada; así mismo, el plazo desde la interposición de demanda hasta la obtención de resolución casatoria es en promedio cinco años, lo que permite que el niño pueda consolidar su identidad dinámica. Al no cumplir con la ponderación exigida, se concluye que el derecho de impugnación de paternidad por el padre biológico se encuentra en limitación arbitraria. |
metadata.dc.format.extent: | 24 páginas |
metadata.dc.rights.accessRights: | Acceso abierto |
metadata.dc.source: | Universidad Continental Repositorio Institucional - Continental |
Appears in Collections: | Tesis |
Files in This Item:
File | Description | Size | Format | |
---|---|---|---|---|
IV_FDE_312_TI_Velasquez_Reyes_2020.pdf | Velasquez Reyes, Erick Yury | 176.33 kB | Adobe PDF | View/Open |
This item is licensed under a Creative Commons License